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En esta categoría la E.S.E Hospital Departamental San Vicente de Paul, publica los contenidos de información sobre los espacios, mecanismos y acciones que permiten la participación ciudadana en el ciclo de la gestión pública, esto con el propósito de dinamizar la vinculación de la ciudadanía y sus diferentes grupos de valor, en las decisiones y acciones públicas durante el diagnóstico, formulación, implementación, evaluación y seguimiento a la gestión institucional.


En virtud del marco normativo que nos rige (Decreto 1876 de 1994, demás normas concordantes, el Hospital Departamental san Vicente de Paul no decide y delibera conjuntamente con la ciudadanía la asignación de los recursos públicos, dado su carácter de Empresa Social del Estado, del orden departamental, descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, sujeta al régimen jurídico propio de las personas de derecho público, con las excepciones que consagren las disposiciones legales, cuyo objetivo es la prestación de servicio de salud, entendido como un servicio público a cargo del Estado y como parte integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud; razón por la cual, no le aplica el reporte y divulgación de información respecto al proceso de planeación y presupuesto participativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 90 y ss. de la Ley 1757 de 2015.
En virtud del marco normativo que nos rige (Decreto 1876 de 1994, demás normas concordantes, el Hospital Departamental san Vicente de Paul no decide y delibera conjuntamente con la ciudadanía la asignación de los recursos públicos, dado su carácter de Empresa Social del Estado, del orden departamental, descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, sujeta al régimen jurídico propio de las personas de derecho público, con las excepciones que consagren las disposiciones legales, cuyo objetivo es la prestación de servicio de salud, entendido como un servicio público a cargo del Estado y como parte integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud; razón por la cual, no le aplica el reporte y divulgación de información respecto al proceso de planeación y presupuesto participativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 90 y ss. de la Ley 1757 de 2015.
  • Habilitar un espacio para que ciudadanía postule temáticas: Micrositio
  • Estrategia de comunicación para la rendición de cuentas: Manual de Rendición de Cuentas
  • Articular los informes de rendición de cuentas en el menú de Transparencia: Micrositio
  • Habilitar un canal para eventos de dialogos, articulación con sistema nacional de rendición de cuentas: Micrositio
Preguntas y Respuestas de eventos de dialogo:
En virtud del marco normativo que nos rige (Decreto 1876 de 1994, demás normas concordantes, el Hospital Departamental san Vicente de Paul no decide y delibera conjuntamente con la ciudadanía la asignación de los recursos públicos, dado su carácter de Empresa Social del Estado, del orden departamental, descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, sujeta al régimen jurídico propio de las personas de derecho público, con las excepciones que consagren las disposiciones legales, cuyo objetivo es la prestación de servicio de salud, entendido como un servicio público a cargo del Estado y como parte integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud; razón por la cual, no le aplica el reporte y divulgación de información respecto al proceso de planeación y presupuesto participativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 90 y ss. de la Ley 1757 de 2015.